Para un máximo de dos meses en Cuba no se precisa ningún visado, pero sí una tarjeta de turista, válida para 30 días, que puede ampliarse una vez se esté en el país.
Si se va en viaje organizado, se recibe la tarjeta junto con el resto de la documentación pertinente. Si solo se adquiere el vuelo, la agencia de viajes o la compañía aérea suelen facilitarla, pero varía de un caso a otro (algunas aerolíneas proporcionan la tarjeta durante el vuelo); conviene consultarlo previamente por teléfono o correo electrónico con la compañía. A veces hay que comprar o recoger la tarjeta en el aeropuerto de salida. A algunos viajeros independientes no se les ha permitido tomar el vuelo con destino a Cuba por carecer de la tarjeta.
Una vez en La Habana, las ampliaciones o los reemplazos cuestan 25 US$ más. Para salir del país, hay que mostrar necesariamente la tarjeta de turista. En caso de perderla, habrá que dedicar un mínimo de 1 día a frustrantes trámites burocráticos para obtener otra.
Tampoco se permite entrar en Cuba si no se dispone de billete de salida.
Hay que cumplimentar la tarjeta de turista con mucho cuidado: los empleados de aduanas suelen poner pegas si presenta tachones o no se lee con claridad.
Las personas en viajes de negocios y los periodistas necesitan un visado, que debe solicitarse en un consulado al menos con tres semanas de antelación, o más si se solicita desde un país que no es el de origen.
Los viajeros con visado o cualquier persona que haya permanecido en el país más de 90 días deben solicitar un permiso de salida en la oficina de inmigración.
El Gobierno de EE UU expide dos tipos de licencias para viajar a Cuba: específicas y generales. Las específicas comportan un largo y a veces complicado proceso de solicitud y se estudian caso por caso. Conviene solicitarlas con una antelación mínima de 45 días con respecto a la fecha de partida. Para las licencias generales hay que cumplir unos requisitos mínimos.
Al efectuar la reserva del vuelo hay que enviar a un prestatario de servicios de viaje autorizado documentación que corrobore la solicitud, que varía en función de la categoría en la que se inscriba el viajero. Para minimizar las solicitudes fraudulentas, los prestatarios de servicios de viaje solicitan a todos los viajeros de EE UU que firmen una declaración jurada de viaje, que al regresar de Cuba los funcionarios de emigración de EE UU pueden examinar. Para saber si se cumplen los requisitos a la hora de solicitar una licencia, consúltese con el Departamento del Tesoro (www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/pages/cuba.aspx).
Para la mayoría de los viajeros es fácil obtener una ampliación del visado una vez en el país. Solo hay que ir a una oficina de inmigración y presentar los documentos junto con 25 CUC en sellos, que se venden en cualquier sucursal de Bandec o del Banco Financiero Internacional. Tras los 30 días originales solo se reciben 30 días adicionales, pero se puede salir y volver a entrar en el país en 24 h y empezar de nuevo (algunas agencias de viajes de La Habana tienen ofertas especiales para este tipo de excursión). Se recomienda solicitar las ampliaciones unos cuantos días laborables antes de la fecha de caducidad del visado y no viajar nunca por Cuba con un visado caducado.
En casi todas las capitales provinciales hay oficinas de inmigración (donde se puede prorrogar el visado). Se aconseja evitar la oficina de La Habana porque siempre está abarrotada. Los horarios son normalmente de 8.00 a 19.00 lu, mi y vi, de 8.00 a 17.00 ma, de 8.00 a 12.00 ju y sa. Las delegaciones de la oficina de inmigración son las siguientes:
Antes y durante el viaje recomendamos que cualquier información relacionada con seguridad, salud, trámites administrativos como la expedición de visados, etc. sea verificada con el Ministerio de Asuntos Exteriores del país del viajero.